Empresas deben comunicar electrónicamente durante enero lo realizado bajo el marco de la Ley de Inclusión Laboral

Las compañías deberán acreditar su dotación y la cantidad de personas en situación de discapacidad que se encuentren actualmente trabajando.

Bajo el cumplimiento de la Ley de Inclusión Laboral 21.015, las empresas con 200 o más trabajadores deberán presentar una Comunicación Electrónica a la Dirección del Trabajo, informando el número total de empleados, el número de personas en situación de discapacidad o asignatarios de una pensión de invalidez y/o la ejecución de una medida alternativa de cumplimiento.

Esta información debe ser entregada en el portal web de la Dirección del Trabajo y el plazo máximo para informar es el 31 de enero.

Para cumplir con sus obligaciones las empresas deben informar electrónicamente, el número total de trabajadores y el número de personas en situación de discapacidad o asignatarios de una pensión de invalidez de cualquier régimen que fueron contratadas en el año calendario 2018.

Así mismo, las empresas que opten por las medidas alternativas, contratación de servicios con empresas que tengan trabajadores con discapacidad o donaciones, también deberán informarlo electrónicamente a la Dirección del Trabajo durante el mes de enero, señalando la razón fundada invocada y la medida alternativa adoptada.

El trámite se realiza entrando al portal web de la Dirección del Trabajo, luego pinchando el banner Comunicaciones Electrónicas Enero 2019 o en el siguiente link. Deberá ingresar su usuario y clave para hacer diligencias en línea en la página. Entregada la información recibirás un comprobante que acreditará que la gestión fue realizada correctamente.

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